El Gobierno Nacional, oficializó este jueves la reforma tributaria en Colombia.
El ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, presentó el proyecto de ley de la reforma tributaria. Gobierno radicó proyecto de ley ante en Congreso de la República.
Con esta propuesta, el gobierno espera recaudar más de 20 billones COP que busca hacer frente a las nuevas necesidades económicas y sociales que presenta Colombia por cuenta de la pandemia del COVID-19.
Es importante resaltar que, esta es la tercera reforma en el mandato del actual presidente, Iván Duque Márquez y la primera en un país latinoamericano desde que el coronavirus afectó la economía de la región.
A continuación le contaremos lo que se incluyó y lo que no en esta nueva propuesta.
Lo que no se incorporó
Impuestos para las bebidas azucaradas
Carrasquilla aseguró ante los medios que “el presidente tiene muchos escepticismo sobre la bondad de este impuesto, yo mismo no estoy seguro de que tenga los efectos sobre las externalidades en la salud, pero estamos dispuestos a dar ese debate”, pues asegura que se llevará al Congreso.
IVA al 46 % de la canasta
Se tenía prevista una expansión de la proporción de la canasta sobre la cual se cobra IVA del 39 a 46 %. En realidad, expertos tributarios planteraon llevarla al 58 %. No obstante, se ajustó la cantidad de bienes de la canasta gravados con un valor agregado al 43 %.
Impuestos a la iglesias
Carrasquilla descartó esta propuesta, argumentado que las iglesias son entidades sin ánimo de lucro, como las fundaciones, por lo que deben tener un tratamiento especial desde el punto de vista tributario.
“No consideramos prudente en este momento una imposición plena para entidades sin ánimo de lucro ni ha ocurrido en otros países”, dijo el ministro.
Asimismo, la Constitución Política de Colombia las protege por su ánimo confesional.
Sobretasa de renta al sector financiero
El Gobierno no incluyó la renta a las entidades financieras. Alberto Carrasquilla aseguró que no es viable, ya que “distorsiona, hace complejo el sistema, no tiene equidad trasnversal, si miran las cifras del sector financiero no hay grandes rentabilidades sobre activos con respecto a otros sectores”.
Financiación del sector empresarial
La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi) propuso obtener la finaciación que necesita del sector empresarial, con el objetivo de evitar que las personas naturales paguen renta o IVA.
No obstante, el Ministerio de Hacienda dijo que aceptó la idea parcialmente al incluir una sobretasa del 10 % a las personas jurídicas, pues las recomendaciones de los expertos y prácticas internacionales están en contra de aumentar tanto la carga de las empresas.
“Hay una cantidad de personas y empresas que entraron en situación de vulnerabilidad, los efectos de la pandemia no han pasado, el recaudo es para eso. Necesitamos una reforma que tenga la capacidad de financiar esos programas sociales”, afirmó el viceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño.
Lo que sí se incorporó
Incremento en los impuestos
En el 2023, las personas que el año inmediatamente anterior hayan ganado más de 3,2 millones mensuales tendrán que declarar renta.
El proyecto propone que quienes en 2022 tengan una renta líquida (75 % de los ingresos) de 800 UVT al año (esto quiere decir, alrededor de 29 millones anuales o 2,42 millones mensuales COP) pagarán este impuesto. Posteriormente, en el año 2024 el umbral bajaría a 560 UVT de renta líquida, es decir, 2, 26 millones COP de ingresos mensuales.
Actualmente, solo el 4 % de la población económicamente activa declara renta, unos 3,5 millones de personas, y la mitad de ellos hace algún pago. La propuesta es aumentar esa cifra al 18 %, lo que significa unos 7 milloes de declarantes y uno 3 millones de contribuyentes. El 82 % de la población seguirá exenta.
“El ingreso medio en Colombia es 1,2 millones, el promedio llega a 1,7 millones, este no es un país muy pudiente y no estamos tocando esa parte”, indicó el ministro de Hacienda.
El viceministro de hacienda explicó que las tarifas de renta aplicarán desde el 2022 y que este añola gente no se verá afectada. El efecto de las retenciones se verá en 2023.
“En los ingresos que genere en 2023 va a tener retenciones con tasa nueva y va a pagar el grueso en 2024; en 2024 el máximo aumento será de 5 % del ingreso y se verá tres años después; se pagarán con la declaración de renta correspondiente a 2024 que se haga en 2025, año en que la iniciativa termina de completar su recorrido”.
Impuestos a las pensiones
Las pensiones de jubilación, invalidez de sobrevivientes, sobre riesgos profesionales y vejez estarán gravadas solo con los pagos que excedan 1.600 UVT anuales (58.092.800).
Adicional a esto, se aplicará la misma norma para las devoluciones de saldos de ahorro pensional, para este caso se deberá multiplicar el valor mencionado por el número de años a los que corresponda.
28.000 pensionados empezarían a pagar este impuesto, según el ministerio de Hacienda.
La pensión estrá sujeta a retención en la fuente, por tratarse de un ingreso laboral. Con base al proyecto, para 2022 la tarifa empezará en 10 % para pensiones entre 60 (2.178.480 COP) y 70 UVT (2.541.560) mensuales e irá aumentando hasta 41 % para pensiones de más de 1.050 UVT (38.123.400).
En el caso del 2023, el tope mpinimo (10 %) se correrá a 39 UVT mensulaes (1.416.012) y el máximo (41 %) aplicará a partir de 833 UVT (30.244.564).
Impuestos a los ingresos altos
A partir del 01 de julio de 2021 y hasta el 31 de diciembre se establecería un impuesto temporal de 10 % para quienes reciban un salario o pagos por prestación de servicios desde 10 millones COP mensuales en adelante (aplica para sector privado y público).
De igual manera, aplica para quienes reciban esta misma cantidad o más.
“por conceptos de intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías, explotación de la propiedad intelecutal y dividendos, participaciones, el pago o abono en cuenta mensual periódico de las mesadas pensionales o asignaciones de retiro, sin consideración del régimen pensional”.
Cobro a los pláticos de un solo uso
La tarifa del impuesto sería de 0, 00005 UVT por cada gramo del envase, embalaje o empaque (1,81 COP). El recuado será destinado al Fondo Climático y Desarrollo Sostenible (Fonclima).
Eliminación de beneficios tributarios
Fedesarrollo y Anif se reunieron para eliminar más de 40 beneficios tributarios (deducibles de renta, descontables de renta, tarifa de renta, entre otros).
“No son eficientes, no le apuesta a generación de empleo, reactivación económica, formalización o emprendimiento y distorsionan el impuesto a las ventas”.
Lisandro Junco, director de la DIAN.